Autorización de Viajes Menores de edad saliendo de Perú
Según disposición de la Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú, en los siguientes casos se deberá presentar obligatoriamente Autorización de viaje:
✅Cuando los menores de edad extranjeros permanezcan por más de 183 días calendarios en el Perú.
✅Cuando los menores de edad peruanos que residen en el extranjero permanezcan por más de 183 días calendarios en el Perú.
✅Cuando se trate de menores de edad peruanos que residen en el Perú. (Art. 52 del DL 1350 Ley de Migraciones).